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Concurso de Acreedores

Concurso de acreedores

¿Qué es un concurso de acreedores?

Un concurso de acreedores es un procedimiento legal y regulatorio basado en la ley 22/2003 de 9 de julio, diseñado para ayudar a las empresas o individuos en dificultades financieras a reestructurar y pagar sus deudas. El objetivo principal del procedimiento de concurso de acreedores es permitir la continuidad de la empresa en cuestión, buscando soluciones viables y sostenibles para el deudor y sus acreedores.

Cuando una empresa se enfrenta a dificultades financieras, puede solicitar el concurso de acreedores. Esta solicitud permite a la empresa obtener un alivio temporal mientras elabora un plan para abordar su situación financiera. La solicitud se presenta formalmente, y hay una serie de requisitos legales y procedimientos a seguir.

Uno de los desafíos más significativos que enfrentan muchas empresas en este proceso es el pago de las cuotas de la seguridad social y otros pasivos laborales. Estas deudas, junto con otros compromisos financieros, pueden ejercer una presión considerable sobre la liquidez de una empresa.

Después de presentarse la solicitud, hay un periodo de evaluación durante el cual se revisa la situación financiera de la empresa. Durante este tiempo, se consideran diversos factores, como la viabilidad de la empresa a largo plazo, sus activos y pasivos, y la mejor manera de proceder para el beneficio de todas las partes involucradas.

Es crucial actuar rápidamente en estas situaciones. Según la ley 22/2003 de 9 de julio, hay un plazo específico para actuar. La empresa debe actuar en los meses siguientes a la fecha en la que se da cuenta de su insolvencia para evitar consecuencias legales adicionales.

¿Cuál es la finalidad de un concurso de acreedores?

Su principal objetivo es garantizar que los múltiples acreedores reciban pagos en igualdad de condiciones, evitando que las primeras reclamaciones dañen las posibilidades de cobro de otros acreedores. No obstante, este procedimiento también actúa como una herramienta de protección social, asegurando por ejemplo que los trabajadores y la Administración Pública tengan cierta prioridad en el pago.

A diferencia de la percepción común, el concurso de acreedores no necesariamente resulta en el cierre de la empresa. En realidad, este proceso está diseñado principalmente para permitir la continuidad de la empresa y, para ello, el proceso trata de ofrecer:

  • Alternativas de pago, para permitir la continuidad de la actividad (p. ej. esperas)
  • Una solución de pago parcial pero igualitaria para todos los deudores, respetando el orden legal de prelación de créditos (p. ej. quitas)
  • En el peor de los casos, la liquidación del patrimonio del deudor para aplicarlo al pago de deudas.

¿Quién puede declararse en concurso de acreedores y cómo?

Tanto empresas como individuos y herencias pueden encontrarse en esta situación. El concurso puede ser solicitado tanto por el deudor como por sus acreedores. Dependiendo de quién inicie el proceso, se le llama concurso voluntario o necesario.

¿Cuándo se declara el concurso de acreedores?

El empresario tiene la obligación de solicitar su concurso cuando se encuentre en situación de insolvencia actual o inminente. Además, sus acreedores también podrán iniciar esta solicitud.

En cualquier caso, la ley exige que se declare el concurso desde el momento en que resulte imposible “cumplir con las obligaciones regularmente”; por lo que, una vez constatada esta situación, el empresario deberá solicitar el concurso voluntario en el plazo de dos meses, pudiendo enfrentarse a la declaración de culpabilidad del concurso si no lo hace. En el caso de optar por iniciar negociaciones de refinanciación, se le permitiría alargar este plazo.

El cumplimiento regular puede observarse desde varias perspectivas:

  • Económicamente implica que la empresa no pueda pagar sus deudas íntegramente.
  • Temporalmente implica que la compañía no pueda satisfacerlas puntualmente.
  • Además, se considera que no puede cumplir regularmente con sus obligaciones si para hacerlo hay que recurrir al endeudamiento sistemático. Y ello porque solo se genera una apariencia de solvencia, que puede conducir a una deuda mayor a la inicial a causa de los intereses.

Fases del concurso de acreedores

Actos previos

Esta fase incluye la solicitud de iniciación, la documentación de las circunstancias (esto es -a grandes rasgos- una memoria económica, un inventario de bienes y derechos y una lista de acreedores) y los primeros pasos procesales. También se pueden solicitar medidas cautelares y todo ello, conduce al auto de admisión a trámite, que abre la fase común.

Fase común

Esta fase se inicia con la declaración del concurso y su objetivo es determinar el alcance de éste, tratando de preservar el patrimonio del deudor para que se pueda aplicar al convenio o a la liquidación. Esta fase despliega ciertas obligaciones sobre el deudor, los acreedores y las relaciones jurídicas de ambos y se cierra con la elaboración de un informe por parte de la administración concursal.

Respecto al deudor, se le impone la obligación de colaboración y se limitan sus facultades patrimoniales. Así, en los concursos voluntarios éste necesitará la autorización de la administración concursal para disponer de su patrimonio; y si el concurso es necesario, la administración concursal lo sustituirá para ejercitar actos de disposición.

Respecto a los acreedores, se limita su capacidad de reclamación, quedando paralizadas todas las ejecuciones a fin de conservar el patrimonio y respetar el orden de prelación de créditos. Por tanto, tampoco se pueden presentar nuevas demandas.

Respecto de la administración concursal, participará de los actos de disposición del empresario y conservará y administrará la masa activa. Además, deberá preparar un informe sobre el estado económico de la empresa, el inventario y la lista de acreedores; disponiendo para ello un plazo de dos meses.

Fase de resolución

La resolución del convenio puede producirse por dos vías:

  1. El convenio. Puede presentarse anticipadamente o no, siendo su finalidad llegar a un acuerdo con los acreedores para permitir el pago, permitiendo introducir quitas y esperas. Requerirá la aprobación judicial y se realizará un seguimiento para garantizar su cumplimiento.
  2. La liquidación. Se plantea como la solución más indeseable al concurso de acreedores y consiste en liquidar el patrimonio del concursado para satisfacer, en la medida de lo posible, los créditos concurrentes. Solo procede en los casos de inviabilidad del proyecto, donde alargar la actividad solo hará que incremente el pasivo.

Calificación

Esta fase se reserva para los casos de liquidación, incumplimiento del convenio o aprobación de convenios perjudiciales para acreedores. Así, el concurso puede ser calificado como fortuito o culpable, dependiendo de las circunstancias en que se haya producido.

Si alguna persona ha contribuido, concurriendo dolo o culpa, a producir o agravar la insolvencia, se entenderá que el concurso es culpable. De esta forma, los responsables de provocar o agravar la quiebra:

  • Perderán sus derechos de cobro.
  • Podrán ser objeto de responsabilidad civil e incluso de responsabilidad penal.
  • Pueden ser inhabilitados para la administración o representación de bienes y personas.
  • Deberán restituir los bienes y derechos obtenidos indebidamente. Además, pueden ser condenados a contribuir al pago de los créditos del concursado.

¿Cuánto dura un concurso de acreedores?

Dados los múltiples cauces que puede tomar cada procedimiento, su duración es tremendamente variable. En principio, una tramitación ágil permite llegar a la fase de resolución en poco menos de un año, sin perjuicio de tener que esperar posteriormente a la ejecución de la vía de resolución alcanzada; ya sea ésta la de liquidación o convenio.

¿Quién cobra primero en un concurso de acreedores?

La Ley Concursal establece un orden de prelación de créditos de forma que sólo cuando se haya satisfecho el nivel superior se pasarán a pagar los de nivel inferior. Así, cuando no exista capital para satisfacer el nivel entero, se abonarán proporcionalmente.

El esquema del orden de prelación de créditos en un concurso de acreedores es el siguiente:

  • Créditos privilegiados. Son aquellos que reciben esta calificación debido a razones de interés general, de interés social o por motivos jurídico-económicos. Estos se dividen, además, en créditos con privilegio especial, cuando afectan a determinados bienes y derechos (p. ej. hipotecas), y créditos con privilegio general, que afectan a la totalidad del patrimonio del deudor (p. ej. salarios, tributos…)
  • Créditos subordinados. Se tratan de créditos que para ser liquidados requieren la previa satisfacción de los privilegiados y de los ordinarios (p. ej. multas, intereses financieros)
  • Créditos ordinarios. Se considerarán créditos ordinarios a todos aquellos que no se incluyan en ninguno de los supuestos anteriores, ni en los privilegiados ni en los subordinados.

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