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La impuntualidad y no asistencia al trabajo: ¿puede ser causa de despido?

¿Alguna vez te has preguntado si llegar tarde al trabajo o faltar puede traerte problemas legales? La respuesta es sí. Según el Estatuto de los Trabajadores (art. 54.2 a), tanto la impuntualidad como la ausencia no justificada son motivos de despido disciplinario, pero bajo ciertas condiciones.

¿Qué se necesita para que una falta sea motivo de despido?

El despido por impuntualidad o no asistencia no es automático, tiene que cumplir dos requisitos clave:

  1. Reiteración de la falta: No basta con llegar tarde una sola vez. Para que una empresa pueda despedir, las faltas deben ser reiteradas. Aquí, entran en juego los Convenios Colectivos, que suelen establecer cuántas faltas son necesarias para justificar un despido.
  2. Faltas no justificadas: Si llegas tarde o no asistes al trabajo, pero tienes un justificante (por ejemplo, un parte médico entregado a tiempo), no hay problema. La falta se considera justificada y no puede ser motivo de sanción.

Causas justificadas e injustificadas de faltas al trabajo: ¿cuál es la diferencia?

Cuando hablamos de faltas de asistencia al trabajo, no todas son iguales. No es lo mismo faltar por una razón fuera de tu control que hacerlo por un motivo no justificado. Aquí te explicamos la diferencia entre causas justificadas e injustificadas y cómo pueden afectar a tu situación laboral.

¿Qué son las causas justificadas?

Las causas justificadas son aquellas que eximen al trabajador de responsabilidad porque se deben a situaciones involuntarias o inevitables. Estas faltas no pueden ser motivo de despido disciplinario. Algunos ejemplos de causas justificadas son:

  • Enfermedad o baja laboral debidamente acreditada.
  • Cumplimiento de deberes de representación de los trabajadores.
  • Cumplimiento de un deber público (por ejemplo, ser jurado en un juicio).
  • Huelga legalmente convocada.
  • Asistencia a exámenes médicos o tratamientos.

En estos casos, el trabajador está protegido y no puede ser sancionado por faltar al trabajo, siempre y cuando presente la documentación oportuna en tiempo y forma.

¿Qué son las causas injustificadas?

Por otro lado, las causas injustificadas son aquellas en las que el trabajador falta al trabajo por su propia culpa o negligencia, sin que exista una razón válida que lo explique. Estas faltas pueden incluir:

  • No presentarse al trabajo sin justificación.
  • Faltar reiteradamente sin motivo aparente.
  • Llegar tarde de forma repetida y sin razón válida.

Estas faltas injustificadas, si se repiten en el tiempo, pueden ser motivo de despido disciplinario, ya que se consideran un incumplimiento grave de las obligaciones laborales.

¿Cuántas faltas de asistencia pueden acabar en despido?

Una de las dudas más comunes es cuántas veces se puede faltar al trabajo antes de que la empresa decida despedir. Lo cierto es que la ley no establece un número exacto de faltas injustificadas para proceder al despido. Sin embargo, sí existen criterios a tener en cuenta.

¿Qué dice la ley sobre las faltas de asistencia?

El Estatuto de los Trabajadores no especifica un número concreto de faltas para que un despido sea procedente. En lugar de una regla automática, la jurisprudencia establece que cada caso debe ser analizado de forma individual, valorando las circunstancias y el contexto. Por lo tanto, un trabajador no puede ser despedido automáticamente por faltar al trabajo, sino que se debe estudiar la gravedad y repetición de las faltas.

¿Impuntualidad o ausencia total? No es lo mismo

El Estatuto de los Trabajadores hace una diferencia clara entre la impuntualidad (llegar tarde o irte antes de tiempo) y la ausencia total. Y esta diferencia no es solo teórica, tiene implicaciones prácticas.

  • Impuntualidad: llega tarde o salte antes de tiempo.
  • Ausencia total: no presentarse al trabajo en todo el día.

Generalmente, la ausencia total se considera más grave que la impuntualidad, por lo que necesitarás menos faltas para que sea considerada una infracción grave.

¿Qué pasa si no hay convenio colectivo que regule el número de faltas?

En caso de que tu empresa no tenga un Convenio Colectivo que regule el número de faltas, se aplicará un criterio de gravedad. En estos casos, el empresario deberá analizar el impacto que han tenido tus faltas en el trabajo.

El Tribunal Supremo y la «tolerancia» a las faltas

El Tribunal Supremo ha dejado claro que las faltas de asistencia o impuntualidad no son automáticamente motivo de despido. Hay que analizar cada caso, el momento en el que se produce y los efectos que tiene en el entorno laboral.

Por ejemplo, si tu jefe ha tolerado tus faltas durante un tiempo sin advertirte, no puede sancionarte de repente sin previo aviso.

El abandono del trabajo: ¿es lo mismo que faltar?

Aunque a primera vista puede parecer lo mismo, el abandono del puesto de trabajo es un caso aparte. El abandono del puesto de trabajo ocurre cuando un trabajador deja de asistir durante varios días consecutivos sin avisar a la empresa ni justificar su ausencia. Este comportamiento puede interpretarse como una dimisión tácita, lo que significa que el trabajador está renunciando a su empleo sin avisar previamente.

Desde el punto de vista de la empresa, el despido disciplinario es la opción más recomendable porque el trabajador es quien debe justificar las faltas. En el caso de un abandono, el empresario tendría que demostrar que el trabajador tenía la intención de renunciar, algo que no siempre es fácil.

¿Qué hacer ante un despido por faltas al trabajo?

Si has sido despedido por faltas de asistencia o puntualidad y consideras que el despido no está justificado, tienes la opción de impugnar el despido y el procedimiento a seguir debería ser similar a lo siguiente:

Impugnar el despido en el juzgado de lo social

El trabajador tiene un plazo de 20 días hábiles desde la fecha en que el despido se hizo efectivo para presentar una impugnación ante el juzgado de lo social. Este plazo es crucial, ya que una vez transcurrido, no se podrá reclamar.

Conciliación previa

Antes de llegar al juzgado, es necesario que las partes intenten una conciliación. Para ello, se debe presentar una papeleta de conciliación en el servicio correspondiente, lo que interrumpe el plazo de 20 días. Si el acto de conciliación no tiene éxito, el plazo se retoma desde donde quedó interrumpido.

Resultado de la impugnación: despido improcedente

Si el juez determina que el despido no está justificado, lo declarará improcedente. En este caso, el empresario tendrá dos opciones en un plazo de 5 días:

  • Readmitir al trabajador: El trabajador recuperaría su puesto en las mismas condiciones que tenía antes del despido.
  • Abonar una indemnización: Si la empresa no desea readmitir, deberá abonar una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, prorrateando por meses los periodos inferiores a un año, con un máximo de 24 mensualidades.

¿Y tú?

  • ¿Has tenido problemas de impuntualidad o faltas en el trabajo?
  • ¿Tu empresa aplica algún régimen de tolerancia?
  • ¿Conoces los términos de tu Convenio Colectivo sobre este tema?

Es importante que conozcas tus derechos, pero también tus obligaciones. Recuerda que siempre es mejor justificar tus ausencias y ser puntual para evitar problemas mayores.

Asesoramiento legal: clave para tu defensa

Si has sido despedido por faltas de asistencia o puntualidad, es crucial que cuentes con el apoyo de expertos. En Ancla Abogados, especialistas en derecho laboral, te ayudamos a analizar tu caso y a defender tus derechos de manera eficaz.

¿Por qué elegir a Ancla Abogados?

En Ancla Abogados, nos encargamos de:

  • Valorar tu situación: Analizamos si el despido está justificado o si es improcedente. Conocemos la legislación laboral a fondo y sabemos detectar cualquier irregularidad en tu caso.
  • Guiarte en el proceso de impugnación: Te acompañamos desde la presentación de la papeleta de conciliación hasta la defensa en el juzgado de lo social, asegurando que se respeten los plazos y los procedimientos adecuados.
  • Asistencia personalizada: Sabemos que cada caso es único. Por eso, ofrecemos un asesoramiento individualizado y adaptado a tu situación.

¿Qué conseguimos para ti?

Si el juez declara tu despido improcedente, nos aseguramos de que el empresario opte por una de las dos alternativas:

  • Readmitirte en tu puesto de trabajo.
  • Indemnizarte con 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

¿Por qué actuar rápido?

Recuerda que tienes 20 días hábiles para impugnar el despido, y el tiempo es clave. En Ancla Abogados, te ayudamos a presentar tu reclamación dentro de los plazos legales y a intentar una conciliación que pueda resolver el conflicto sin necesidad de juicio.

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