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Cómo reclamar en casos de accidentes de circulación

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Como continuación a otro estudio realizado acerca de los sujetos perjudicados, analizaremos ahora ciertas cuestiones jurídicas sobre accidentes de circulación.

¿Cuál es el ámbito de aplicación y el alcance de la Ley 35/2015, del 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación?

De conformidad con el artículo 32 de la mencionada ley, este sistema de valoración tiene por objeto valorar todos los perjuicios causados a las personas como consecuencia del daño corporal ocasionado por accidentes de circulación.

¿Cuáles son los principios fundamentales del sistema de valoración en un accidente de tráfico?

Los principios fundamentales de acuerdo en el artículo 33 de la Ley anteriormente mencionada son la reparación íntegra del daño y su reparación vertebral.

La reparación íntegra del daño y su reparación vertebrada constituyen los dos principios fundamentales del sistema para la objeción de su valoración.

El principio de la reparación íntegra tiene por finalidad asegurar la total indemnidad de los daños y perjuicios padecidos. Las indemnizaciones de este sistema tienen en cuenta cualquier circunstancia personal, familiar, social y económica de la víctima, incluidas las que afectan a la pérdida de ingresos y a la pérdida o disminución de la capacidad de obtener ganancias.

El principio de la reparación íntegra rige no sólo las consecuencias patrimoniales del daño corporal sino también las morales o extrapatrimoniales e implica en este caso compensar, mediante cuantías socialmente suficientes y razonables que respeten la dignidad de las víctimas, todo perjuicio relevante de acuerdo con su intensidad.

El principio de vertebración requiere que se valoren por separado los daños patrimoniales y los no patrimoniales y, dentro de unos y otros, los diversos conceptos perjudiciales.

¿Cómo se calcula la indemnización por accidente de tráfico?

El artículo 33.5 de la Ley aplicable establece que la objetivación en la valoración del daño supone que se indemniza conforme a las reglas y límites establecidos en el sistema, por lo que no pueden fijarse indemnizaciones por conceptos o importes distintos de los previstos en él. No obstante, los perjuicios relevantes, ocasionados por circunstancias singulares y no contemplados conforme a las reglas y límites del sistema, se indemnizan como perjuicios excepcionales.

¿Cuáles son los daños por los que se puede reclamar indemnización?

El artículo 34 de la Ley aplicable establece que dan lugar a indemnización la muerte, las secuelas y las lesiones temporales de acuerdo con lo previsto en la propia Ley 35/2015 y en las tablas 1, 2 y 3 contenidas en el Anexo de dicha Ley. Cada una de las tablas incluye de modo separado la reparación de los perjuicios personales básicos (1.A, 2.A y 3.A), la de los perjuicios personales particulares (1.B, 2.B y 3.B) y la de los perjuicios patrimoniales (1.C, 2.C y 3.C).

¿Es obligatorio someterme a revisión médica de la compañía de seguros del responsable del accidente?

La determinación y medición de las secuelas y de las lesiones temporales ha de realizarse mediante informe médico ajustado a las reglas de este sistema.

El lesionado debe prestar, desde la producción del daño, la colaboración necesaria para que los servicios médicos designados por cuenta del eventual responsable lo reconozcan y sigan el curso evolutivo de sus lesiones. El incumplimiento de este deber constituye causa no imputable a la entidad aseguradora a los efectos de la regla 8.ª del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, relativa al devengo de intereses moratorios.

Los servicios médicos proporcionarán tanto a la entidad aseguradora como al lesionado el informe médico definitivo que permita valorar las secuelas, las lesiones temporales y todas sus consecuencias personales. A los efectos del artículo 7.3.c) de esta Ley, carecerá de validez la oferta motivada que no adjunte dicho informe, salvo que éste se hubiera entregado con anterioridad.

¿Qué plazo de prescripción tengo para reclamar los daños?

El plazo de prescripción opera a partir del año de consolidación de las secuelas.

En todo caso, es preceptiva la realización de una reclamación previa a la Compañía de Seguros del propietario del vehículo responsable del accidente para poder interponer la demanda judicial. Dicha reclamación nos vinculará a efectos de la posible demanda, por lo que es imprescindible contar con el asesoramiento de un abogado.

¿Es conveniente contratar a un abogado experto en reclamación de accidentes?

Desde nuestro punto de vista es imprescindible contar con el asesoramiento de un abogado independiente de las compañías de seguros y especializado en accidentes de tráfico que proteja sus derechos y asuma la defensa de sus intereses.

En todo caso, los abogados disponemos de una plataforma de reclamación de seguros que nos permite comunicarnos con las aseguradoras que se han visto implicadas en un siniestro de circulación con víctimas de forma telemática y segura. Por medio de esta plataforma podemos presentar las reclamaciones de los daños derivados de accidentes de circulación agilizando de esta manera la reclamación de nuestros clientes.

Para ello, en Ancla Abogados contamos con expertos abogados en materia de accidentes de circulación, así como un amplio equipo de colaboradores, tanto médicos especialistas en valoración de daños corporales, como de ingenieros técnicos industriales especialistas en reconstrucción de accidentes, que estudiarán y determinarán en cada caso concreto la indemnización que legalmente le corresponda, informándole en todo momento de las cantidades que se reclaman y del estado del procedimiento.