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Protocolo de discriminación

Mujer con sueter de lana mirando hacia un costado

La Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación no impone expresamente la obligación de realizar un protocolo de discriminación por parte de las empresas, pero sí indica que se deben establecer medidas para combatirla en caso de que sea necesario.

Al no ser obligatorio la elaboración de un protocolo específico y para evitar incurrir en un incumplimiento, las empresas pueden optar por:

  • La elaboración de un protocolo de discriminación específico.
  • Incorporar medidas para hacer frente a la discriminación tanto en el protocolo de acoso como en el plan de igualdad.

En todo caso, si se produce una discriminación en el ámbito laboral y no se han adoptado medidas para hacer frente a la misma, la empresa puede incurrir en una sanción de hasta 983.736 euros.