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Solicitar prestación de desempleo

Solicitar prestación de desempleo

La prestación de desempleo, es una herramienta a disposición de los trabajadores que han sido despedidos. Este instrumento, garantiza determinada solvencia económica durante el tiempo en que los desempleados no tengan trabajo. Hoy, te contamos cómo solicitar prestación de desempleo.

Solicitar prestación de desempleo

 

Vías para solicitar la prestación por desempleo

El servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) como órgano responsable, pone a disposición cinco vías para solicitar la prestación por desempleo. Siendo estas, las siguientes:

  • Pre-solicitud: el interesado puede presentar una pre-solicitud vía online en la página web del SEPE, en donde deberá suministrar la información pertinente. En caso de ser necesario, la Administración lo contactará vía telefónica o por correo electrónico para obtener información extra.
  • Oficina virtual del SEPE: otra opción disponible para solicitar la prestación por desempleo, es mediante la Sede Electrónica y la Oficina Virtual del SEPE, bajo registro en el apartado denominado “personas”.
  • Mediante la Oficina de Prestaciones puede realizarse con la condición de solicitar la cita previa en la página web del SEPE.
  • En cualquiera de las oficinas del Registro Público dispuestas en el territorio español.

Debes saber que, también es posible solicitar la prestación de desempleo a través de correo administrativo.

 

Documentación para pedir la prestación por desempleo

Una vez que conozcas cuáles son las cinco vías a elegir para solicitar la prestación por desempleo, es importante conocer cuál es la documentación necesaria para efectuar el trámite correspondiente.

Entre los requisitos para solicitar la prestación por desempleo se enumeran los que te mencionamos a continuación:

  • Modelo oficial de la solicitud.
  • Documento de identificación del interesado (DNI o pasaporte). Por su parte, para extranjeros de países de la UE se requiere el certificado de residente en la Unión Europea y Tarjeta de Identidad de Extranjero, mientras que el resto de extranjeros deben presentar pasaporte.
  • Documento bancario que refleje el número de cuenta donde será abonada la prestación.
  • Libro de familia o instrumento equivalente (en el caso de los extranjeros).
  • Certificado de las empresas donde se haya trabajado durante los últimos seis meses.

Cabe destacar, que en algunas situaciones será necesario precisar información extra. En estos casos, los organismos correspondientes te notificarán sobre los recaudos adicionales por consignar.

 

Cuantía de la prestación por desempleo

El monto correspondiente a la prestación por desempleo otorgada a un trabajador, corresponde al 80 % del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). En caso de que el solicitante de la prestación hubiere trabajado de forma parcial, la cuantía se reduce en proporción de las horas laboradas.

Respecto a los casos de trabajadores mayores de 52 años, el SEPE toma en consideración las cotizaciones respectivas a la Seguridad Social hasta el momento de la Jubilación.

En lo referido al pago de la prestación por desempleo, se efectuará la cancelación mensual en la cuenta bancaria presentada por el solicitante. Debes saber que, este pago se cumplirá por meses vencidos.

 

Duración del subsidio por desempleo

La duración del subsidio otorgado por desempleo depende de la ayuda en particular que corresponda. Por ello, a continuación, te presentamos algunos ejemplos:

  • El subsidio para mayores de 45 años tiene una duración de seis meses.
  • El subsidio por insuficiencia de cotización depende del tiempo cotizado y de la carga familiar.

Por lo general, los subsidios por desempleo permiten prórroga. Sin embargo, te recomendamos tener en cuenta el tipo de subsidio que te corresponde.

Solicitar prestación de desempleo

 

Tipos de subsidio por desempleo

Son diversos los tipos de subsidios por desempleo que se pueden solicitar por el interesado. Entre algunos de estos, se enumeran los siguientes:

  • Subsidio por insuficiencia de cotización: se aplica a los desempleados que no han alcanzado la cobertura mínima de los 360 días de cotización para poder solicitar la prestación contributiva.
  • Ayuda familiar para desempleados: corresponde a las personas que poseen carga familiar y han agotado el paro.
  • Subsidio para mayores de 45 años: está destinado a los trabajadores desempleados que cumplan con esa edad y hayan agotado el paro.
  • Subsidio para mayores de 52 años: es el que antes se aplicaba a los mayores de 55 años. El mismo, se concede hasta el momento de la jubilación. Aunque uno de los requisitos para acceder al mismo, consiste en haber cotizado un mínimo de 15 años
  • El subsidio para emigrantes retornados: aplica para los españoles que regresan al país tras haber laborado en el extranjero, donde no se haya suscrito ningún convenio bilateral de desempleo, y cuyo país no pertenezca al espacio económico de Europa

También, se estima el subsidio a los liberados de la privativa de libertad durante más de seis meses, y que no cumplen con los requisitos para beneficiarse de alguna prestación o subsidio. En este caso, la persona debe proceder en un plazo de 30 días a la inscripción en términos de demandante de empleo, y estar inscrito durante el denominado “mes de espera”.

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