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¿Es necesario dar de alta la luz tras recibir un inmueble heredado?

necesario dar de alta la luz tras recibir un inmueble heredado

Son varias las ocasiones en las que se necesita dar de alta la luz. Estas circunstancias van desde el cambio del contrato y sus especificaciones, vivienda nueva o simplemente en una vivienda de segunda opción. En los casos de adquirir la propiedad de un inmueble por herencia, sólo será pertinente traspasar el contrato. ¿Es necesario dar de alta la luz tras recibir un inmueble heredado?

Cuando se produce el deceso del titular de una relación contractual efectivamente comprobada se abre el proceso hereditario. Por tal motivo se da inicio a la transmisión de los derechos y obligaciones a los miembros de la sucesión. Este procedimiento legal, en el caso particular de darse de alta, es sencillo y fácil de realizar.

dar de alta la luz (1)

¿Es necesario dar de alta la luz tras recibir un inmueble heredado?

Para lograr comprender si es preciso contratar la luz en un inmueble heredado es menester tener algunos conocimientos básicos relativos a la herencia. Se entiende por derecho inmobiliario aquel conjunto de leyes que regulan bienes inmuebles, es decir, los que no pueden moverse del sitio que se encuentran.

Con relación a la herencia suele definirse como la masa patrimonial contentiva de derechos y obligaciones adquiridos por una persona tras la muerte del propietario anterior. Los sujetos que reciben algo se denominan herederos o legatarios y quien lo transmite, causante. Este procedimiento es netamente legal y sigue un patrón establecido.

luz en el piso (1)

Una vez hecha la anterior explicación es menester señalar que todo lo referente a un inmueble heredado se regirá por normas de derecho inmobiliario. A su vez, tendrán competencia los preceptos de orden hereditario. En el caso particular para dilucidar sí es factible darse de baja caben las apreciaciones siguientes:

  • La regla general que impera al momento de mudarse a una vivienda nueva o de segunda opción es que el propietario actual deberá dar de alta al servicio eléctrico. Por tal razón, antes de la mudanza deberán realizarse todas las diligencias necesarias para el cambio y de esta manera regularizar su situación.
  • Si una persona se muda a una vivienda de segunda opción solo cancelará un pequeño porcentaje por la desconexión. Esta excepción aplica si el servicio fue dado de baja hace menos de 3 años por su anterior propietario. Si fue realizado posteriormente no habrá tal beneficio.
  • El proceso de conexión del servicio de luz eléctrica puede hacerse vía online. Si se trata de un procedimiento de darse de alta no podrá efectuarse ni telefónicamente ni por internet. En este caso solo se permite la tramitación en forma personal.
  • El cambio del usuario titular por otra persona diferente solo podrá llevarse a cabo si existe una causa ampliamente justificada. Solo procederá en los supuestos siguientes:
  1. Compra o venta del inmueble.
  2. Alquiler a un nuevo inquilino.
  3. Fallecimiento del titular anterior.
  4. Divorcio de alguno de los cónyuges.

Desde nuestro despacho de abogados, como conclusión final debe señalarse que no es necesario dar de alta la luz en un inmueble heredado. Sólo será pertinente que el nuevo titular solicite pasar el contrato, que se encuentra vigente para esa fecha, a su nombre. El hecho de la transmisión se fundamenta en el derecho hereditario en el que los derechos van directamente del causante al heredero.

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