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ToggleEl despido de alta dirección está regulado en el documento pactado entre las partes involucradas. Esto aplica en los casos en que lo tratado, no contradiga lo contemplado en la normativa especial que regula estas situaciones. En tal sentido, en este artículo te contamos todo sobre el despido de alta dirección o despido directivo.
¿Qué es el despido directivo?
El despido de los altos directivos está regulado en el Real Decreto 1382/1985, de fecha 1 de agosto. En tanto, es importante tener en cuenta que el despido directivo está condicionado por lo pactado entre ambas partes, siempre que no esté en contraposición a lo fijado en el real decreto.
Por otra parte, si existe algún vacío o elemento que no esté contemplado en el real decreto ni en lo pactado entre la empresa y el alto directivo, la legislación civil o mercantil entra en competencia.
¿Qué es un puesto de alta dirección?
El puesto de alta dirección está determinado por las cualidades definidas en el contrato pactado entre las partes involucradas. Así, para ser considerado como tal, es primordial cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar subordinado al órgano societario o al titular de la compañía.
- Cumplir funciones relativas a la titularidad jurídica de la empresa.
- El área de actuación del directivo se extiende a la totalidad de la empresa.
- Solo debe apegarse a las instrucciones recibidas del empleador.
Además, el alto directivo participa en la toma de decisiones relacionada a la gestión primaria de la empresa, y se caracteriza porque la denominación del cargo no es relevante.
Factores a tomar en cuenta al momento de un despido de alta dirección
Los términos legales a tomar en cuenta al momento de afrontar un despido directivo o desistimiento unilateral, generado por la pérdida de confianza, son los que se mencionan a continuación:
El preaviso
El preaviso consiste en comunicar al alto directivo sobre el desistimiento empresarial. Esto debe ser notificado por lo menos tres meses antes de hacerse efectiva la decisión. Se trata del mismo plazo de preaviso que se le exige al trabajador al presentar la baja voluntaria en la compañía.
Cabe destacar que, el mencionado plazo de preaviso no puede suprimirse a través del acuerdo individual entre ambas partes. Por su parte, cuando el acuerdo de alta dirección se establece por tiempo indefinido o por un periodo mayor a los cinco años, es posible pactar un plazo de preaviso mínimo de seis meses de antelación.
En caso de no respetarse el plazo establecido de preaviso establecido en la normativa de aplicación, el alto directivo tiene derecho a recibir la indemnización equivalente a los salarios que correspondan al periodo de preaviso incumplido.
Periodo de prueba
En el contrato de alta dirección se puede pactar el cumplimiento de un periodo de prueba que, no puede exceder de los nueve meses. Al haber superado dicho periodo, se sumará el tiempo trabajado a la antigüedad laboral del alto directivo.
Desistimiento unilateral del empresario
La pérdida de confianza en el alto directivo, es una razón válida para que la empresa decida extinguir el contrato de trabajo con funcionalidad de alta dirección.
Despido disciplinario del alto directivo
El empresario posee la potestad de extinguir el contrato laboral de alta dirección cuando exista incumplimiento de parte del alto directivo, de carácter grave y culpable. Cabe destacar que, los tribunales han determinado las siguientes modalidades de despido de alta dirección:
- Despido procedente: cuando por negligencia existan consecuencias graves para la empresa. También se contempla en esta modalidad, el uso indiscriminado de tarjetas de crédito, así como las llamadas telefónicas hechas por motivos personales.
- Despido improcedente: contempla acciones de desobediencia de alto cargo ante órdenes degradantes, y el desistimiento de la relación laboral por parte del empresario.
- Despido Nulo: se efectúa a partir de la imputación de hechos irreales. También se da ante una renovación encubierta para incorporar a otra persona en el puesto de alta dirección. Procede además cuando existe vulneración de los derechos fundamentales del alto directivo.
Al ser declarado el despido improcedente, el trabajador y el empresario tienen la opción de acordar si se restablece el puesto de alta dirección, o se procede al abono de las indemnizaciones.
Debes saber que, la indemnización por despido de alta dirección será la acordada en el contrato, o corresponderá a 20 días de salario en metálico por cada año de servicio, por un máximo de 12 mensualidades.
Asimismo, el plazo de prescripción para proceder al reclamo de la indemnización por despido de alta dirección es de un año. Para ello, asegúrate de contar con un experto en derecho laboral que te guíe en el proceso.