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Diferencias entre las pensiones contributivas y las no contributivas

pensiones contributivas

El sistema de pensiones de la Seguridad Social se basa en el llamado sistema de reparto, que exige a los pensionistas haber contribuido y cotizado al sistema de seguridad social durante el tiempo en el que estuvieron desempeñando su trabajo. Estas prestaciones se conocen como pensiones contributivas. 

Ahora bien, en determinadas circunstancias y, siempre y cuando se cumplan los requisitos legalmente fijados, la Seguridad Social reconoce la posibilidad de acceder a las denominadas pensiones no contributivas. Se trata de prestaciones que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o no hayan cotizado el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo.  

Así, las diferencias fundamentales entre la pensión contributiva y la pensión no contributiva son las siguientes: 

PENSIÓN CONTRIBUTIVA

Son prestaciones económicas cuya concesión está supeditada a una previa relación con la Seguridad Social. Es decir, para acceder a este tipo de pensiones, es necesario acreditar un  período mínimo de cotización y cumplir los demás requisitos legalmente exigidos.  

  • Su cuantía se determina en función de las aportaciones efectuadas por el trabajador y el empresario, si se trata de trabajadores por cuenta ajena. Dependiendo del tipo de prestación no se exige un período  determinado.

 

  • Dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social se incluyen las siguientes pensiones contributivas: 
  • Por  jubilación. 
  • Por  incapacidad permanente: parcial,  total , absoluta y gran invalidez. 
  • Por  fallecimiento: viudedad, orfandad y en favor de familiares. 

PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA

Son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos. Además, para acceder a las pensiones no contributivas no se exige la existencia previa de relación laboral o de cotización.  

 Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones siguientes: 

  •  Invalidez: para poder acceder a la pensión de invalidez se exige tener una edad comprendida entre los 18 y los 65 años,  un grado de invalidez  superior al 65%  y residir en territorio español, habiéndolo hecho durante un periodo de cinco años, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente ​​anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Jubilaciónpara poder acceder a la pensión de jubilación se exige tener 65 años o más  y haber residido durante al menos 10 años en territorio español desde que el beneficiario cumplió 16 años y hasta el devengo de la pensión, de los cuales dos de ellos han de ser consecutivos. 

Si tiene alguna duda, puede acudir a nuestro equipo de abogados en A Coruña y Madrid, quienes con mucho gusto le ofreceremos nuestros servicios y asesoramiento jurídico eficaz, y seguro. Tan solo debe ponerse en contacto con el despacho de abogados, puede enviar un correo a info@anclabogados.com o ponerse en contacto en el teléfono 981 27 86 33. 

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