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Cómo calcular el finiquito cuando te despiden

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Quizás alguna vez te hayas visto en la situación de querer comprobar si el finiquito que te corresponde una vez termina tu relación laboral con una empresa está bien calculado, por lo que te explicamos qué datos necesitas y cómo hacerlo.

Diferencia entre liquidación y finiquito

Antes de nada debes saber que los términos liquidación y finiquito pueden ir de la mano pero no son lo mismo.

La liquidación hace referencia a las cantidades pendientes que debe abonar la empresa al trabajador en el momento de efectuarse el despido. La liquidación siempre se produce independientemente del tipo de despido. Aunque éste sea procedente, de manera voluntaria o por cualquier circunstancia. El trabajador recibirá de cualquier manera las partes correspondientes a su trabajo realizado, vacaciones, etc.

También cabe la posibilidad de que sea el trabajador el que deba días libres a la empresa, anticipos u otras casuísticas, en los que por el contrario, le serán descontados a él de la cantidad total, y no a la empresa.

El finiquito hace referencia a estas cantidades pendientes de liquidar, además de la constatación del fin o extinción de la relación laboral. Es por eso que para los trabajadores fijos-discontinuos, no existe un finiquito como tal, ya que la relación con la empresa, acaba en una fecha, pero se vuelve a restituir pasado el periodo acordado, por lo que en su caso solo recibirían liquidación. Es el mismo caso para los que están sujetos a contratos temporales.

Un tercer concepto que entraría en juego sería el término indemnización, que en el caso de existir, no se incluye en la liquidación porque está exenta de retención y cotización.

Según el tipo de despido que se lleve a cabo, estará ligado a indemnización. Es el caso de los despidos colectivos (indemnización de 20 días por año trabajado), despidos improcedentes en los que la empresa estará obligada a pagar una cantidad que dependerá de la antigüedad del trabajador en la empresa y de su salario en el momento del despido (45 días por año trabajado para contratos anteriores a febrero de 2012 o bien 33 días por año para los contratos con fecha posterior y con un importe máximo dependiendo de los diferentes casos.)

Datos para calcular el finiquito

  • Salario mensual percibido
  • Paga extra: el cálculo de esta parte, dependerá de si están prorrateadas en la nómina o no.
  • Vacaciones: dentro del año laboral, se tiene derecho a 30 días de vacaciones. Por lo que si cuando llega el momento del despido, éstas no se han disfrutado de manera íntegra o bien una parte, deberán añadirse a la suma total del finiquito.

Cómo calcular el finiquito

1º Calcular el salario diario a partir del salario mensual:

Para ello dividiremos el salario mensual entre 30 días.

SALARIO DIARIO =  SALARIO MENSUAL € / 30 DÍAS

Por ejemplo para una persona con un salario de 1.200€ mensuales:

1.200€ / 30 días = 40€/día

Multiplicar la cantidad de salario diario por los días trabajados hasta la fecha del despido que suponemos el 3 de junio:

SALARIO DIAS TRABAJADOS = SALARIO DIARIO X Nº DIAS TRABAJADOS

Si por ejemplo estamos a día 3, multiplicamos: 40€/día x 3 días trabajados = 120€

 

2º Calcular las vacaciones no disfrutadas:

Por ley se tiene derecho a 30 días de vacaciones por año. Por lo que deberás calcular las que te corresponden hasta la fecha con una regla de 3 muy sencilla:

360 días – 30 días de vacaciones

X días trabajados – DIAS DE VACACIONES

DÍAS DE VACACIONES = (30 x X) / 360

Por ejemplo: si he trabajado 153 días en este año (hasta el 3 de junio):

(30×153) / 360 = 12,75 días de vacaciones*

*si hubieras disfrutado ya de algún día debes restarlo antes de hacer esta última operación:

Finalmente debes multiplicar los días de vacaciones por el salario diario del 1er punto:

12,75 días de vacaciones x 40€/ día = 510€

3º Paga Extra:

En el caso de recibirla y que no se encuentre prorrateada en el salario mensual.

Si el despido se produce entre enero y junio, se tiene derecho a la paga extra de navidad (devenga el 1 de enero), y si se produce entre julio y diciembre además se añade la de verano (devenga el 1 de julio).

Si por ejemplo se ha trabajado hasta el 3 de junio se hace la siguiente regla de 3:

SALARIO MENSUAL (=paga extra) – 360 días

X – días trabajados

PAGA EXTRA = (SALARIO MENSUAL x DIAS TRABAJADOS) / 360

Paga Extra hasta el 3 de junio = 1.200€ x 153 días (hasta el 3 de junio) / 360 = 510€

4º Suma de las cantidades:

FINIQUITO = Salario del mes (según días trabajados) + Vacaciones + Paga extra

En el ejemplo práctico:

Finiquito = 440€ + 333,33€ + 510€ = 1.283,33€*

*Habrá que sumar la indemnización por despido si procede

  

 Qué hacer cuando se recibe el finiquito

Una vez te sea entregado, puedes ser asesorado para su revisión. Y dependiendo de tu conformidad puedes firmarlo o no en el momento de la entrega. No obstante es conveniente que pongas la fecha en la que lo recibes y que solicites una copia.

Otras observaciones que se pueden poner una vez lo recibas puede ser:

  • “Conforme”: en el caso de estar de acuerdo, entonces ya lo entregarías firmado.
  • “No conforme”: se entiende que estás en desacuerdo
  • “Cuantía no recibida”: en el caso de que no figure alguna de las cantidades que se deben liquidar.

En el caso de no estar conforme con alguno de estos aspectos, te recomendamos que recurras al asesoramiento y ayuda de profesionales, concretamente de Abogados Laboralistas que te ayudarán a aclarar tus dudas, a calcular el finiquito y comprobar que todo se realiza de manera correcta.

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