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Interinos en fraude de ley: ¿cómo afecta y qué opciones tienes?

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El contrato temporal de sustitución de persona trabajadora, anteriormente conocido como contrato de interinidad, ha sido diseñado para casos muy concretos marcados por la ley. Y es que, tras el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo se ha limitado al máximo la posibilidad de realizar contratos temporales. Uno de estos supuestos, en los que se permite su uso, es el de reemplazar durante un tiempo a un empleado que no pueda acudir a su puesto de trabajo. 

Ahora bien, los casos en los que se facilita la contratación temporal para sustituir a un trabajador están perfectamente marcados por la legislación. Por ello, deben darse las condiciones para su celebración o, hacer uso del mismo sin los requisitos establecidos, se considerará un fraude de ley. 

Si tienes dudas de cuáles son las condiciones que se deben cumplir para poder firmar un contrato temporal de sustitución de persona trabajadora, no te preocupes, en las siguientes líneas nos encargamos de aclarar todas tus preguntas. 

¿Qué es el fraude de ley en interinos?

El contrato temporal de sustitución de persona trabajadora, antiguo contrato de interino, en fraude de ley tan solo significa que la empresa ha creado una apariencia de que se están cumpliendo unas condiciones que justifican la celebración de ese contrato cuando, en realidad, no se dan. Es decir, aunque a simple vista sí parece que la compañía ha contratado temporalmente a una persona porque se daban los requisitos para ello, al examinar más de cerca el caso se descubre que carece de los mismos.

Como veremos en los próximos apartados, la consecuencia del fraude de ley para aquel que tenga un contrato temporal de sustitución de persona trabajadora es que el mismo se convierte, automáticamente, en indefinido. 

¿Cuándo se considera que un interino está en fraude de ley?

Según el artículo 15.3 del Estatuto de los Trabajadores “podrán celebrarse contratos de duración determinada para la sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo, siempre que se especifique en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución”. De este artículo se desprende que, si bien es cierto que tras la última reforma legal el contrato de interinidad como tal ha desaparecido, todavía es posible celebrar contratos temporales para reemplazar a un empleado, con causa justificada, durante el tiempo que no pueda acudir a su trabajo. 

Ahora bien, no es la única circunstancia en la que el Estatuto de los Trabajadores permite la realización de un contrato temporal de sustitución de persona trabajadora. De hecho, cita otras dos circunstancias: 

  • Para terminar de completar la jornada que otro trabajador ha solicitado reducir. 
  • Durante el tiempo que dure el proceso de selección de un trabajador para cubrir una plaza fija. 

Como puedes ver, la legislación es muy clara con los únicos tres supuestos en los que permite que se celebren contratos temporales de sustitución de persona trabajadora. ¿Qué se consideraría fraude de ley? Fingir que se da uno de estos casos para contratar a un empleado durante un periodo concreto de tiempo y así aparentar estarse ajustando a la normativa vigente. 

Consecuencias legales para los interinos en fraude de ley

Las consecuencias legales de celebrar un contrato temporal de sustitución de persona trabajadora en fraude de ley es una: transformación a contrato indefinido del contrato temporal que había firmado el empleado. Así se desprende del artículo 15.4 del Estatuto de los Trabajadores en el que se señala que “las personas contratadas incumpliendo lo establecido en este artículo adquirirán la condición de fijas”.

En definitiva, las consecuencias que establece el Estatuto de los Trabajadores para el empleado con un un contrato temporal de sustitución de persona trabajadora en fraude de ley son solo para la compañía, que tendrá un nuevo trabajador indefinido en plantilla. 

¿Cómo reclamar si eres un interino en fraude de ley?

La reclamación de los interinos en fraude de ley puede ser compleja para alguien que no sea un conocedor del ámbito legal, especialmente a la hora de probar las irregularidades existentes en su situación. Por ello, siempre será recomendable contar con la ayuda de abogados laboralistas expertos en la materia. En Ancla Abogados contamos con más de 30 años de experiencia acompañando a nuestros clientes en la defensa de sus derechos, con el único objetivo de que siempre sepan qué paso dar en cada fase y sean capaces de hacerlo con la seguridad de contar con el mejor asesoramiento legal. 

 

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